Promulgación ley para apoyo de micro, pequeñas y medianas empresas

Presidente Sebastián Piñera promulgó  ley que va en apoyo de las micro y pequeñas empresas en el contexto de la recuperación económica.

El Presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañado por los ministros del Interior, Rodrigo Delgado; Hacienda, Rodrigo Cerda; Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa; Trabajo, Patricio Melero; y de Economía, Lucas Palacios, promulga dos leyes que entregan bonos y beneficios tributarios a más de 820 mil micro, pequeñas y medianas empresas (MYPEs) con el objetivo de paliar los efectos económicos que la pandemia del Covid-19 ha producido en el comercio.

El paquete económico presentado por el Gobierno consiste en tres tipos de medidas: Apoyo monetario directo a las MYPEs a través de bonos; medidas tributarias para flexibilizar y reducir temporalmente el pago de impuestos; y otros mecanismos de modificaciones al Fogape, capacitaciones y la discusión inmediata a la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento.

MEDIDAS DE APOYO DIRECTO A LAS MYPES
  • Bono de alivio: bono de $1 millón que beneficiará a 820.545 MYPEs –sean personas naturales o jurídicas- que hayan iniciado actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo 2020 y que sus ingresos anuales por ventas no hayan superado las UF 25.000 durante el año calendario 2020.
  • Para recibir el bono será suficiente cumplir uno de los siguientes requisitos:

– Que haya tenido al menos un trabajador contratado durante el año 2020.

– Que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses en 2020 (continuos o discontinuos).

– Que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses 2021 (continuos o discontinuos)

– Que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia: gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles, ferias y otros servicios afectados

  • Bono adicional variable: Aquellas MYPEs que están afectas al pago de IVA, recibirán un bono adicional equivalente a tres meses del promedio del IVA débito del año 2019, con un tope de $2 millones.
  •  Incremento para mujeres: El bono de alivio y el bono adicional variable aumentarán 20% en el caso que la persona natural o la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada sea mujer.
MEDIDAS TRIBUTARIAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
  • Reducción transitoria de la tasa de interés penal de 1,5% a 0%: estará vigente para los giros (órdenes de pago de las deudas tributarias) que se emitan hasta el 31 de diciembre del año 2021.
  • Devolución de crédito fiscal IVA acumulado: opción de solicitar un reembolso del remanente acumulado, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, según la declaración de IVA que se realice en julio, agosto y septiembre del año 2021.
  • Para recibir estos beneficios, los requisitos son:
  • Haber obtenido ingresos por ventas y servicios en al menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1 de enero 2020 y el 31 de mayo 2021.
  • Que de la declaración de junio 2021 resulte un remanente de crédito fiscal de IVA generado por la adquisición de bienes o la utilización de servicios  entre el 1 de marzo 2020 y el 31 de mayo 2021.
  • Extensión de vigencia de patentes provisorias: para aquellas empresas cuyas patentes vencieren durante el período de alerta sanitaria. La extensión es hasta un año contado desde el día siguiente a aquel en que se termine el estado de alerta sanitaria.

Se duplica el plazo de los convenios de pago con Tesorería y Municipios -patentes de alcoholes y comerciales- pasando de 24 a 48 cuotas, y se establece una condonación del 100% de intereses y multas.

Costo: estas medidas implicarán menores ingresos por el presente año por US$ 1.214 millones.

OTRAS MEDIDAS PARA FORTALERCER LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA DE LAS MIPYMES
  • Promover la participación de MYPEs en las Compras Públicas: promover uniones temporales de proveedores MYPEs y flexibilizar los requisitos para el acceso de las empresas al sistema.
  • Fortalecimiento de FOGAPE:

– Aumentar el plazo de las garantías de 7 a 10 años.
– Flexibilizar el requisito de mora para a FOGAPE Reactiva hasta 89 días para MYPEs.
Actualmente el programa contempla un requisito de mora de 29 días.

  • Incorporación de un periodo de gracia de 6 meses para los nuevos créditos. Para Pymes de los rubros más golpeados por la pandemia se extenderá el periodo de gracia a 12 meses.
  • Suspensión de remates por incumplimiento de pagos de contribuciones de las MYPEs durante el año 2021,cualquiera sea el estado de la causa.
  • Reorientar programas de capacitación a MYPEs y facilitación de procesos para emprender.
  • Programa SERCOTEC para que personas con actividades informales puedan acceder a fondos de reactivación económica e iniciar actividades formales.
  • Ley de Insolvencia y Reemprendimiento: discusión inmediata, incluyendo vía indicación las medidas propuestas tendientes a facilitar el acceso y facilitación de los procesos concursales y de liquidación.
  • Consejo Económico y Social: de carácter permanente, cuyo foco será proponer medidas para la reactivación económica, la creación del empleo y la productividad del país, con especial énfasis Pymes.

Conoce más detalles en gob.cl/chileserecupera #PymesMotorDeChile 

 

 

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