Fue confirmado desde gobierno: el día de ayer fue promulgada la ley que instaura que el próximo 15 y 16 de mayo, a propósito de los comicios para elegir a concejales, alcaldes, gobernadores y constituyentes, son feriados irrenunciables.
Esta normativa rige para los trabajadores del comercio con excepción de “los dependientes de expendio de combustible, farmacias de urgencia, y de las farmacias que deban cumplir con turnos fijados por la autoridad sanitaria”.
¿Cómo funcionará el comercio?
Salvo los rubros mencionados en el párrafo anterior, todo estará cerrado, incluyendo supermercados y centros comerciales. Almacenes de barrio podrán atender sólo por sus dueños.
¿Se podrá vender alcohol?
Absolutamente no. Como en todas las elecciones, regirá la ‘Ley Seca’ en nuestro país. Esto significa que, desde el viernes a las 21:00 horas, hasta el día lunes, no se podrán expender vendidas alcohólicas en todo el territorio nacional.
¿Cuáles son las multas por infringir esta normativa?
Las multas van desde 1 UTM hasta 20 UTM dependiendo de los trabajadores que resulten afectados.
- Entre 1 y 49 empleados afectados: la multa será de 5 UTM ($258.990) para la empresa
- Si son entre 50 a 199 empleados: la multa será de 10 UTM ($517.980)
- Entre 200 o más empleados: la multa asciende a 20 UTM ($1.035.960)
Luego que la iniciativa, impulsada por la oposición y despachada por el Congreso el pasado jueves, fue enviada a Contraloría por parte del Ejecutivo, se espera que entre hoy y mañana el decreto sea publicado.